El Partido Gen, Distrito SANTA FE, convoca a todos sus afiliados a participar en las elecciones de autoridades de distrito y para miembros del Congreso Partidario Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional que se realizarán el día 29 de Noviembre de 2026, y según el cronograma que oportunamente se consigna. La Junta Electoral, en cumplimiento de las funciones que le competen, funcionará, al efecto, en el domicilio del Partido sito en calle Pellegrini N°540 de la Ciudad de Rosario, todo ello de acuerdo al reglamento que a continuación se expone, que fuera oportunamente suscripto por los miembros del Comité Ejecutivo Partidario y la Junta Electoral.
Considerando que a efectos de cumplir las disposiciones de las Cartas Orgánicas Partidarias tanto distrital como nacional se convoca a elecciones para la renovación de las autoridades del Partido GEN Distrito Santa Fe y miembros del Congreso Partidario Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional, la Junta Electoral, RESUELVE dictar el presente reglamento que regirá por única vez y a este sólo efecto la elección de dichas autoridades partidarias.
Art. 1: Son Órganos de Dirección y Administración en el orden distrital de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°18 de la Carta Orgánica:
a) La Convención de la Provincia.
b) El Comité Ejecutivo de la Provincia.
c) El Tribunal de Disciplina
d) La Comisión Revisora de Cuentas.
e) La Junta Electoral.
Art. 2: Son Órganos de Dirección y Administración en el orden Nacional de acuerdo a lo dispuesto en el artículo N°5 de la Carta Orgánica Nacional:
1. El Congreso Nacional,
2. La Junta Ejecutiva Nacional.
3. La Junta Electoral Nacional.
4. La Comisión Revisora de Cuentas Nacional.
5. El Tribunal de Ética y Garantías Nacional.
Art. 3: Elección de los miembros de la Convención de la Provincia: se elegirán un total de 60 convencionales estableciéndose la provincia como distrito único.
Art. 4: Elección de los miembros del Comité Ejecutivo de la Provincia: se elegirán un total de diecisiete (15) representantes, a fin de cubrir los siguientes cargos: un (1) Presidente; un (1) vicepresidente, un (1) secretario, un (1) prosecretario, un (1) tesorero, un (1) protesorero y nueve (9) vocales.
Art. 5: Elección de los miembros del Tribunal de Disciplina: se elegirán tres (3) representantes para las funciones de dicho Tribunal.
Art. 6: Elección de los miembros de la Comisión Revisora de Cuentas: se elegirán tres (3) representantes para las funciones de dicha Comisión.
Art. 7: Elección de los miembros de la Junta Electoral: se elegirán tres (3) representantes para las funciones de dicho órgano.
Art. 8 El art. 6° de la Carta Orgánica Nacional establece que el Congreso Nacional del GEN O.N. se integra con el 50 % de los miembros que componen la Cámara de Diputados de la Nación. En tal sentido, la cantidad de Congresales/as Titulares y Suplentes para el Distrito Santa Fe es de nueve (9) titulares y cinco (5) suplentes.
Art. 9 El art. 14° de la Carta Orgánica Nacional establece que la Dirección Nacional del partido estará a cargo de una Junta Ejecutiva Nacional compuesta por tres delegados titulares y dos suplentes por cada Distrito, por lo tanto corresponde elegir esa cantidad de delegados para el Distrito Santa Fe.
Art. 10 La elección de los miembros del Congreso Partidario Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional se regirá por lo especificado en la Carta Orgánica Nacional del Partido GEN.
Art. 11: Constituidos los Órganos Partidarios se comunicará de inmediato al Juez Federal con competencia electoral la integración de dichos Órganos.
Art. 12: Finalizado el proceso electoral se comunicará de inmediato a la Junta Ejecutiva Nacional el resultado de la elección de los miembros del Congreso Partidario Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional del Distrito Santa Fe.
Art. 13 Cada Lista ya sea distrital o nacional deberá designar un apoderado quien deberá constituir ante la Junta Electoral un domicilio en la Provincia, donde serán válidas todas las notificaciones. Al efecto y en caso de ausencia de designación especial, el primer candidato de la lista, se considerará Apoderado de la misma.
Art. 14: Las Listas de Candidatos deberán ser presentadas por los Apoderados ante la Junta Electoral, en el domicilio antes mencionado.
Art, 15: Las listas para la elección distrital deben presentar candidaturas completas, es decir que presenten todos los candidatos indicados en los artículos 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la presente reglamentación no aceptándose listas incompletas.
Art, 16: Las listas para la elección de miembros del Congreso Partidario Nacional y de la Junta Ejecutiva Nacional deben presentar candidaturas completas, es decir que presenten todos los candidatos indicados en los artículos 8 y 9 de la presente reglamentación no aceptándose listas incompletas.
De la Junta Electoral:
Art. 17: Vencido el plazo de presentación de las Listas de Candidatos, la Junta Electoral deberá expedirse respecto a las Listas presentadas.
Todas sus resoluciones deberán ser notificadas a los Apoderados de Listas quienes podrán impugnarlas dentro del plazo de 24 horas de dicha notificación. Las impugnaciones interpuestas ante la Junta deberán estar debidamente fundadas en el presente Reglamento, en la Carta Orgánica del Partido y en la Legislación Electoral aplicable.
Art. 18: Supuesto de presentación de una sola Lista: La Junta Electoral dará a conocer las Listas de Candidatos. En el supuesto que sea presentada una sola Lista ya sea distrital o nacional, si ésta reuniera las formalidades exigidas, será proclamada por la Junta.
Art. 19: La Junta Electoral designará el lugar de votación, mesas y autoridades las cuales, en su caso, serán informados públicamente, con la debida antelación y según el cronograma que oportunamente se detalla.
Art. 20: Serán proclamadas las Listas con mayor cantidad de votos válidos afirmativos, una para el ámbito distrital y otra para el nacional, aplicándose el sistema previsto en los arts. 8 al 17 de la Carta Orgánica Partidaria Distrital y los arts. 6 y 14 de la Carta Orgánica Partidaria Nacional.
La Junta Electoral dictará, a continuación, el respectivo cronograma electoral, que como anexo forma parte del presente y será publicado, conjuntamente en la página del Partido www.partidogensantafe.com.ar.-
El cierre de padrón será el 28/08/2026 a las 19 hs., fecha en la cual finalizará el registro de electores.
Los padrones provisorios se exhibirán a partir del día 31/08/2026 a las 19 hs., finalizando el plazo para formular reclamos por parte de los electores en referencia al mismo el día 03/09/2026 a las 19 hs. El 07/09/2026 a las 19 hs vencerá el plazo para la resolución de impugnaciones y se procederá a la exhibición del padrón definitivo.
El plazo para la presentación de listas vencerá el día 11/09/2026 a las 19 hs., debiendo presentarse toda la documentación en Pellegrini N°540 de la Ciudad de Rosario.-
La presentación de listas puede realizarse personalmente o a través de carta documento dirigida a la Junta Electoral, remitida hasta el día 11/09/2026. Las listas se entregarán completas, respetando la integración establecida en la Ley 24.012 y su Decreto Reglamentario, por triplicado, con todos los cargos cubiertos, firmadas por los candidatos y respectivos apoderados. Las listas serán exhibidas los días 16/09/2026, 17/09/2026 y 18/09/2026 desde las 15hs. hasta las 19hs. en el domicilio de calle Pellegrini N°540 de la Ciudad de Rosario. Se recibirán las impugnaciones de listas y candidatos hasta el día 18/09/2026 a las 19hs. en el mismo domicilio. El vencimiento del plazo para la resolución de las impugnaciones operará el 25/09/2026 a las 19hs. En el caso de corresponder reemplazos, los mismos podrán efectuarse hasta el día 28/09/2026 a las 19hs. La oficialización de listas operará el 30/09/2026 a las 19hs. Los modelos de boletas podrán presentarse hasta el día 16/10/2026 a las 19hs. La aprobación de las boletas se realizará el día 23/10/2026. Venciendo el plazo para la entrega de boletas oficializadas el 30/10/2026 a las 19hs. El día 06/11/2026 se comunicará la nómina de autoridades y sedes de mesas de votación.
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Fecha |
Hora |
Concepto |
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28/08/26 |
19 |
Cierre del registro de electores |
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31/08/26 y ss |
15 a 19 |
Exhibición del padrón provisorio |
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03/09/26 |
15 a 19 |
Fin del plazo para presentar observaciones al padrón |
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07/09/26 |
15 a 19 |
Resolución de impugnaciones y exhibición del padrón definitivo |
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11/09/26 |
15 a 19 |
Vencimiento del plazo para la presentación de listas |
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16/09/26 |
15 a 19 |
Exhibición de listas |
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18/09/26 |
15 a 19 |
Vencimiento del plazo para la impugnación de listas y candidatos |
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25/09/26 |
19 |
Vencimiento del plazo para la resolución de impugnaciones |
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28/09/26 |
15 a 19 |
Fin del plazo para reemplazos |
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30/09/26 |
19 |
Oficialización de listas |
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16/10/26 |
15 a 19 |
Fin del plazo para la presentación de modelo de boletas |
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23/10/26 |
15 a 19 |
Aprobación de boletas |
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30/10/26 |
15 a 19 |
Vencimiento del plazo para la entrega de boletas oficializadas |
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06/11/26 |
15 a 19 |
Presentación de la nómina de autoridades y sedes de mesas de votación |
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29/11/26 |
8 a 18 |
Acto electoral |